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Especialidades Medicinales - Diciembre 2001
Disp. 6296/2001 - ANMAT - B.O.
03/12/2001
Prohíbase la comercialización y uso en todo el territorio nacional del producto rotulado como: MINANCORA POMADA x 30 grs. Lotes FE 18B y FE 18ª MINACORA Y CIA LTDA. Brasil.
Motivo: Empresa no habilitada y producto no autorizado.
Disp. 6540/2001 - ANMAT - B.O.
12/12/2001
Prohíbase la comercialización y uso en todo el territorio nacional de los productos rotulados como: SULFACARBON Comprimidos Antidiarreico, absorbente de los gases intestinales; lote 91168, sin más datos de identificación. Laboratorio LASCA Industria Paraguaya LASCAMICETINA Cápsulas Antibiótico Vitaminizado, lote 91610, Vencimiento 2002 Laboratorio LASCA, Industria Paraguaya, RHEUMAZIN FORTE Comprimidos Recubiertos, sin nº de lote, vencimiento 08/2003, Laboratorio LASCA, Industria Paraguaya.
Motivo: Por tratarse de productos ilegítimos.
Disp. 6541/2001 - ANMAT - B.O.
12/12/2001
Prohíbase la comercialización y uso en todo el territorio nacional del producto rotulado como: CALMADENTOL x 10 comprimidos, lote 051182, vto. 05/2005 del Laboratorios CLINICAL S.R.L.
Motivo: Por tratarse de un producto ilegítimo.
Disp. 6542/2001 - ANMAT - B.O.
12/12/2001
Prohíbase la comercialización y uso en todo el territorio nacional del lote 242 vencimiento 11-02 de AMOXICILINA 500 , lote 243 vencimiento 11/02 de AMOXICILINA 1000, y lote 249, vencimiento 11/02 de HIDROCORTISONA 500 mg. , todos de polvo para reconstituir inyectable de la firma Laboratorios SHABBA S.R.L.. La firma deberá proceder al retiro del mercado de los lotes mencionados.
Motivo: Por presentar sobrerotulados.
Disp. 6543/2001 - ANMAT - B.O.
12/12/2001
Prohíbase la comercialización y uso en todo el territorio nacional del producto rotulado como SERTAL COMPUESTO, Comprimidos, lote 25447 Vencimiento 06/02 marca registrada de la firma ROEMMERS S.A.I.C.F.
Motivo: Producto falsificado.
Disp. 6544/2001 - ANMAT - B.O.
12/12/2001
Prohíbase la comercialización y uso en todo el territorio nacional de los productos rotulados como: CALMOL x 10 comprimidos, lote 354, vto. 04/2003, CALMOL x 100 Comp. lote 0353 Vto. 04/2003 Laboratorios CATEDRAL Scavone Hnos. S.A. Industria Paraguaya.
Motivo: Firma no habilitada y producto no autorizado por la ANMAT.
Disp. 6547/2001 - ANMAT - B.O.
12/12/2001
Prohíbase la comercialización y uso en todo el territorio nacional del producto rotulado como: PENICILINA V ORAL LCH 400 000 x 12 comprimidos, Lote 00060167 Vto. 06/2003 Laboratorio Chile S.A.
Motivo:Producto no autorizado.
Disp. 6548/2001 - ANMAT - B.O.
12/12/2001
Prohíbase la comercialización y uso en todo el territorio nacional de los productos rotulados como: 1) SOLUCION FISIOLOGICA/ ESTERILIZADA POR CALOR HUMEDO/ NO INYECTABLE x 250 ml. y 100 ml. sin número de lote ni fecha de vencimiento, elaborada por QUIMICA JUJUY 2) SOLUCION FISIOLOGICA ESTERILIZADA NO INYECTABLE FARMACOPEA VI EDICION x 100 ml., lote SF 001, Vencimiento 06/03 3) SOLUCION FISIOLOGICA DROSANTO x 100 ml. NO USAR POR VIA INYECTABLE, fraccionada por DROGUERIA SAN ANTONIO Lote 10 10 21, vencimiento 01/04 4) SOLUCION FISIOLOGICA x 100 ml. lote S 002, vencimiento Jun/2003 elaborada por LEOFARM.
Motivo: Por no estar autorizados por la ANMAT.
Comentario de la RPVF: Destacamos que en los considerandos de esta disposición se destaca la presentación realizada por la RPVF, en la que denunciamos las situaciones irregulares de las soluciones fisiológicas para nebulizar.
Disp. 6679/2001 - ANMAT - B.O.
19/12/2001
Prohíbase el uso y la comercialización en todo el territorio nacional del producto: VAQTA PEDIATRICA - 25 U/0.5 ML. - Clase II - Jeringas Prellenadas: Lotes HJ 44810, HK 13130, HK 29780 y HN 57890, autorizada por certificado Nº 46210, cuya titularidad detenta la firma MERCK SHARP & DOHME ARGENTINA INC. La firma deberá efectuar el recupero de todas las unidades comercializadas.
Motivo: Reanálisis han revelado una disminución en el contenido del antígeno en algunas jeringas prellenadas, por debajo del límite mínimo especificado. Como consecuencia, existe la posibilidad de que algunas personas vacunadas con los lotes de jeringas indicados, puedan no estar suficientemente protegidas contra Hepatitis A.
Disp. 6809/2001 - ANMAT - B.O.
31/12/2001
Prohíbase el uso y comercialización de la droga fenilpropanolamina como monodroga en preparados magistrales o combinada con otras sustancias.
Disp. 6822/2001 - ANMAT - B.O.
31/12/2001
Prohíbese la comercialización y uso en todo el territorio nacional de los productos ENALAPRIL 5 mg. comprimidos Lotes 001 y 005 vencimientos 01 y 08/02 respectivamente, ENALAPRIL 10 mg. comprimidos lote 004, vencimiento 08/02 y ENALAPRIL 20 mg. comprimidos lote 001 vencimiento 01/02 propiedad de la firma Laboratorios FABOP. La firma mencionada deberá efectuar el recupero de los lotes indicados.
Motivo: Por no cumplir con los ensayos cuantitativos.
Disp. 6823/2001 - ANMAT - B.O.
31/12/2001
Prohíbese la comercialización y uso en todo el territorio nacional del producto rotulado como: 3 CAL 1000 Analgésico x 10 Comprimidos.
Motivo: Por no poder garantizarse su calidad, eficacia e inocuidad, por tratarse de un producto ilegítimo ya que no posee certificado de comercialización en nuestro país, desconociéndose su lugar de elaboración.
Disp. 6826/2001 - ANMAT - B.O.
31/12/2001
Prohíbese la comercialización y uso en tProhíbese la comercialización y uso en todo el territorio nacional de la preparación rotulada CREMA CURATIVA DR. SELBY x 40 g. Del Laboratorio Selby, Industria Uruguaya, lote 969, vencimiento 2/2006, lote 964, vencimiento 2/2005, lote 973 vencimiento 2/2006, lote 930 vencimiento 7/2005, lote 929 vencimiento 6/2005 y lote 707 vencimiento 8/2003 del laboratorio Dr. Selby, Industria Uruguaya.
Motivo: Las mismas no son originales del Laboratorio INSTITUTO SIDUS S.A., son productos ilegítimos.
Disp. 6847/2001 - ANMAT - B.O.
31/12/2001
Prohíbese la comercialización y uso en todo el territorio nacional del producto rotulado como CEFAZOLINA 1000 mg., partida 4421 vencimiento 5/2003. La firma Laboratorios NORTHIA S.A. deberá efectuar de inmediato el retiro del mercado del lote indicado.
Motivo: Por irregularidades en el envase del mismo.
Productos Cosméticos - Diciembre 2001
Disp. 6545/2001 - ANMAT - B.O.
12/12/2001
Prohíbase el uso y la comercialización de la preparación rotulada como FRANOI Shampoo, Anticaspa y Cabellos Grasos x 1000 c.c. M.S. y A.S. 330/10-88-181 Sin más datos de identificación, Dése de baja a la habilitación de la firma RIPER con el domicilio ubicado en De la Peña 124/8 - Wilde - Pcia. de Buenos Aires.
Motivo: La firma mencionada no funciona más en dicho predio desde hace aproximadamente 10 años, ni ha comunicado cambio de domicilio alguno.
Disp. 6546/2001 - ANMAT - B.O.
12/12/2001
Prohíbase la comercialización y uso en todo el territorio nacional del producto cosmético rotulado como: LEIDI Crema Natural de Aloe vera Cont. 300 g. Ind. Argentina Producto especialmente indicado para Acné, Piel seca, Abcesos, Alergias Culebrilla Hemorroides, Dematitits por tratamiento con radiaciones, cicatrices diversas, psoriasis, manchas de la piel , quemaduras de todo tipo , paspaduras , sabañones , etc. Y tambíen para ser utilizado como crema de belleza para uso cotidiano Elab. 2164 M.A.S y S.P. 337/92 - 185-98 para Leidi Productos Naturales S Díaz s/n - Bialet Masse - Córdoba, sin más datos.
Motivo: Por tratarse de un producto no autorizado para su comercialización, del que se desconoce el laboratorio elaborador, por lo que no puede garantizarse la calidad, eficacia e inocuidad del mismo.
Disp. 6821/2001 - ANMAT - B.O.
31/12/2001
Prohíbese la comercialización y uso en todo el territorio nacional del producto rotulado como: JABON CON ALOE VERA BERASA, productos naturales x 100 g, aprobado por el Ministerio de Salud Pública, Res. Nº 337/92, elaborado por ONIRIA S.A.. Cancélese la habilitación otorgada a la firma mencionada.
Motivo:La firma no dio cumplimiento al art 3º de la Disposición de la ANMAT Nº 6340/99 sobre reempadronamieto.
Disp. 6824/2001 - ANMAT - B.O.
31/12/2001
Prohíbese la comercialización y uso en todo el territorio nacional del producto cosmético denominado ANTIMINTH Shampoo para la caspa, perteneciente a la firma COSTEC S.R.L.
Motivo: El producto no está en concordancia con las normas vigentes.
Disp. 6830/2001 - ANMAT - B.O.
31/12/2001
Establécese que serán considerados productos Cosméticos aquellos Protectores Solares que respondan a la definición establecida por la Resolución (ex M.S. Y A.S.) Nº 155/98. Los Productos Cosméticos para la Protección Solar deberán cumplimentar los establecido en el Anexo I de la presente Disposición.
Motivo: El producto no está en concordancia con las normas vigentes.
Salud Pública - Diciembre 2001
Disp. 6825/2001 - ANMAT - B.O.
31/12/2001
Prohíbese la comercialización y uso en todo el Territorio Nacional del producto de Farmacopea denominado OLEO CALCAREO LINIMIENTO Lote 262.04 vencimiento 04.2002, el que presuntamente sería elaborado y distribuido por DROBER S.A.
Motivo: El producto mencionado no es apto desde el punto de vista higiénico, carece de certificado para ser comercializado en nuestro país y la firma no se encuentra inscripta por ante la ANMAT.
Pronóstico
SALUD
Denuncian que no les entregan anticonceptivos a unas 900.000 mujeres
Según el Ministerio de Salud es porque se atrasó la entrega de una partida de pastillas. Más de la mitad de las afectadas por la falta está en la provincia de Buenos Aires.
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