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 Ultima actualización: 04/07/2008
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ALIMENTOS - Octubre 2005
Disp. 5882/2005 - ANMAT - BO
26/10/2005
Prohíbese la comercialización y el expendio del producto especial Nestlé Maíz, Etapa 1, peso neto 200 g, libre de gluten, sin T.A.C.C., marca Nestlé, elaborado por Nestlé Argentina S.A., por incluir en el rotulado "libre de gluten, Sin T.A.C.C.", en contravención a la Resolución Conjunta de la Secretaría de Políticas, Regulación y Relaciones Sanitarias y de la Secretaría de Agricultura, Ganadería, Pesca y Alimentos Nros. 120/2003 y 516/ 2003.
Disp. 5827/2005 - ANMAT - BO
20/10/2005
Prohíbese la comercialización del producto rotulado: "Sal Gruesa Yodada. Enriquecida para uso alimentario humano. Ley Nacional 17.259. Salinas Grandes. Jujuy", por no estar registrados el producto y el establecimiento elaborador.
ESPECIALIDADES MEDICINALES - Octubre 2005
Disp. 5881/2005 - ANMAT - BO
26/10/2005
Prohíbese la comercialización y uso del producto Sulfatiazol Bional - Sulfatiazol 500 mg, blister por 10 comprimidos, Lotes 24/04 y 25/ 04, vencimiento 03/08, Laboratorio Bional.
Disp. 4679/2005 - ANMAT - BO
20/10/2005
Prohíbese la comercialización de especialidades medicinales fuera del ámbito de la provincia de Santiago del Estero a la Droguería "Libra", propiedad de Juan A. Manzur, hasta tanto se inscriba en la Base Unica de Establecimientos que efectúan tránsito interjurisdiccional de especialidades medicinales.
PRODUCTOS COSMÉTICOS Y ACCESORIOS - Octubre 2005
Disp. 5883/2005 - ANMAT - BO
26/10/2005
Prohíbese la comercialización y uso de los productos Mentisan, lote A131; Kalma Ya! Gel, lote 0083 y Kalma Ya! Crema Pédica, lote 0024, dado que se desconoce el origen de los mismos y no se puede garantizar su condición de conservación y destino legal.
Disp. 5686/2005 - ANMAT - BO
21/10/2005
Prohíbese la comercialización y uso de determinados productos cosméticos. Prohíbase la comercialización y uso en todo el territorio nacional de los productos rotulados como "1) Talco Alcanforado, Falcón, contenido neto 200 g. Lote JL001. Res. MS y AS 155/98", la cual dice ser elaborada por Legajo nº 2279. 2) Talco Alcanforado, Falcón, contenido neto 300 g. Lote JL001. Res. MS y AS 155/98", la cual dice ser elaborada por Legajo nº 2279. 3) Talco para el Cuerpo, Falcón, Lote JL002. Contenido neto 200 g. Res. MS y AS 155/98", la cual dice ser elaborada por Legajo nº 2279. 4) Roll-On antitranspirante, Falcón, Lote AJ001. Res. MS y AS 155/98" la cual dice ser elaborada por Legajo nº 2279 y 5) Talco perfumado FRESH, floral. Lote JL004. Res. MS y AS 155/98", la cual dice ser elaborada por Legajo nº 2278", en virtud de los argumentos expuestos en el considerando de la presente. ( que no cuentan con la previa autorización de la Autoridad Sanitaria Nacional, elaborados en un establecimiento que en razón de no encontrarse habilitado por este organismo impide garantizar la calidad e inocuidad del mismo.)
Disp. 5685/2005 - ANMAT - BO
21/10/2005
Prohíbese la comercialización y uso de determinados productos cosméticos. Prohíbase la comercialización y uso en todo el territorio nacional de los productos rotulados como "1) Shampoo para cabellos, Germen de Trigo, marca Falcón, contenido neto 1000 ml., sin más datos, 2) Acondicionador para cabellos, Algas Marinas, marca Falcón, contenido neto 1000 ml., sin más datos, 3) Acondicionador para cabellos, Aloe Vera, marca Falcón, contenido neto 1000 ml., sin más datos, 4) Repelente de insectos con aloe Vera, crema por 120 ml., marca Ellof. Sin más datos, 5) Agua Oxigenada 10 volúmenes estabilizada, por 100 ml. Sin más datos, 6) Agua Oxigenada 20 volúmenes estabilizada, por 100 ml. Sin más datos y 7) Agua Oxigenada 30 volúmenes estabilizada, por 100 ml. Sin más datos.", en virtud de los argumentos expuestos en el considerando de la presente. (que no cuentan con la previa autorización de la Autoridad Sanitaria Nacional, elaborados en un establecimiento que en razón de no encontrarse habilitado por este organismo impide garantizar la calidad e inocuidad del mismo.)
Disp. 5573/2005 - ANMAT - BO
21/10/2005
Prohíbese la comercialización y uso de los productos ilegítimos rotulados "Shampoo Perlas Imperial Dorado" y "Crema de Enjuague Perlas Imperial Dorado".
Disp. 5828/2005 - ANMAT - BO
20/10/2005
Prohíbese la comercialización y uso de los productos falsificados rotulados como "Crema de Ordeñe con Vitamina A, Falcón. Lote 41. MS Y AS RES. Nº 155/98" y "Crema de Belleza con Aloe Vera, Falcón, Lote 41. MS Y AS RES. Nº 337/92".
Disp. 5572/2005 - ANMAT - BO
20/10/2005
Prohíbese, a partir del 31 de enero de 2006, la comercialización de productos cosméticos que contengan en su formulación acetato de plomo.
PRODUCTOS PARA DIAGNÓSTICO - Octubre 2005
Disp. 4043/2005 - ANMAT - BO
20/10/2005
Acéptase el uso de determinados símbolos en reemplazo del texto de la información requerida en la Disposición Nº 2674/99 para los rótulos de los productos para diagnóstico de uso in vitro. Exclusiones.
PRODUCTOS DOMISANITARIOS - Octubre 2005
Disp. 5836/2005 - ANMAT - BO
20/10/2005
Prohíbese la comercialización y uso de los productos Tabletas Matamosquitos Mosqui TRAP RNPUD y Espirales repelentes contra mosquitos Mosqui TRAP-RNPUD, elaborados por las empresas Jumar S.A. y Directo S.R.L. respectivamente, por carecer de inscripción y autorización ante ANMAT.
SALUD PÚBLICA - Octubre 2005
Disp. 5884/2005 - ANMAT - BO
26/10/2005
Prohíbese a la Droguería CT S.R.L. la comercialización de especialidades medicinales fuera del ámbito de la provincia de Tucumán, hasta tanto se encuentre inscripta en la Base Unica de Establecimientos que efectúan tránsito interjurisdiccional.
Disp. 5687/2005 - ANMAT - BO
21/10/2005
Prohíbese la comercialización de especialidades medicinales fuera del ámbito de la provincia de Tucumán a la droguería denominada "M y S Droguería", hasta tanto se encuentre inscripta en la "Base Unica de Establecimientos que Efectúan Tránsito Interjurisdiccional".
Disp. 5571/2005 - ANMAT - BO
21/10/2005
Prohíbese la comercialización fuera del ámbito de la provincia de Buenos Aires de especialidades medicinales de la droguería denominada "Distribuidora Gamma", hasta tanto se inscriba en la Base Unica de Establecimientos que Efectúan Tránsito Interjurisdiccional".
Disp. 5829/2005 - ANMAT - BO
20/10/2005
Levántase la inhibición ordenada por la Disposición Nº 3588/05 respecto del establecimiento ubicado en Ramos Mejía, provincia de Buenos Aires, perteneciente a la firma Norberto M. Gaitán.
Disp. 5826/2005 - ANMAT - BO
20/10/2005
Dispónese la clausura preventiva de la firma Meg-Line S.A. respecto de los rubros de Especialidades Medicinales y productos de Farmacopea Argentina, hasta tanto cumplimente lo normado por la Disposición Nº 2819/04.
Disp. 5825/2005 - ANMAT - BO
20/10/2005
Levántase la clausura impuesta al establecimiento de la firma Medigroup S.A. por la Disposición Nº 2997/04, como elaboradora de hemosuctores (bomba evacuadora para drenaje de heridas).
Pronóstico
SALUD
Paso a paso, qué debe incluir una buena dieta
Lo primero que aconsejan los nutricionistas es programar las cuatro comidas principales y agregar "colaciones" cada tres o cuatro horas. Sepa qué tipos de alimentos debe incluir en cada momento
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